Reforma al Poder Judicial

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Reforma constitucional

Leyes secundarias a reformar / constituciones estatales / nuevas leyes

Creación de un Tribunal Constitucional.

1. Declaración de inconstitucionalidad de las leyes con efectos generales para garantizar la interpretación uniforme, obligatoria y vinculatoria para todos los poderes públicos y los particulares.

La adición del título décimo a la Constitución

Creación de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.

 

2. Dotar de fuerza directa a las normas constitucionales para garantizar que los derechos sociales tengan aplicación efectiva.

Reforma a los artículos 101, 103, 104, 105, 106, 107 y 108

Reformas a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

 

3. Tribunal Constitucional con criterio federalista en su integración.

 

Ley del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.

 

4. Tribunal con competencia para dirimir controversias que por cuestiones de constitucionalidad se generen entre autoridades.

 

Ley Reglamentaria de las Fracciones I y II del Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

 

5. Competencia para pronunciarse cuando sea necesario someter a referéndum y plebiscito.

 

 

 

6. La Suprema Corte de Justicia seguiría manteniendo el control de la legalidad en materia federal, conservando el máximo rango del Poder Judicial de la Federación.

 

 

Autonomía del Ministerio Público penal de la federación y de las entidades.

7. Dotar de autonomía al Ministerio Público en todos sus ámbitos: toma de decisiones en la acción penal en donde el Poder Ejecutivo no intervenga en sus funciones de investigación y persecución de los delitos.

Reforma a los artículos, 21, 73, 74, 76, 102 apartado A, 105, 116, 122 y 123

Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

 

8. Nombramiento y destitución del Procurador General de la República, en un esquema de colaboración de poderes y la participación de la sociedad civil.

 

Estatuto de Gobierno del Distrito Federal.

 

9. Establecimiento de un consejo de evaluación conformado por miembros con independencia de criterio y capacidad para analizar los resultados de la gestión.

 

Ley Orgánica de la Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal.

 

10. Garantizar que el Ministerio Público asuma su papel de dirigir la investigación de los delitos y supervisar la actuación de la policía de investigación.

 

 

 

11. Garantizar que el Ministerio Público cuente con el presupuesto necesario para el ejercicio de sus funciones.

 

 

 

12. Delimitar las funciones de la policía de investigación (certificada), de las funciones que corresponden a las de seguridad pública. Todo el trabajo de la policía de investigación deberá ser dirigido por el ministerio público.

 

 

 

13. Establecer el servicio civil de carrera para el personal responsable en la investigación de delitos.

 

 

Proceso penal acusatorio.

14. Sustituir el actual sistema mixto por uno acusatorio para cumplir cabalmente con las garantías del debido proceso penal y el respeto íntegro a los derechos humanos.

Reforma a los artículos 16, 19, 20, apartados A y B, y 123

Reforma a la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

 

15. Generar una mayor eficacia en la persecución del delito.

 

Reformas a la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.

 

16. Posibilitar que las pruebas se ofrezcan y desahoguen ante el Juez; suprimir la traslación de la fracción V del artículo 20 Constitucional a la averiguación previa.

 

Código Penal federal.

 

17. Desarrollar un modelo procesal en el que rijan los principios de juez independiente, imparcial, con igualdad entre las partes. Que se instaure un juicio regido por los principios de publicidad, libertad probatoria, imparcialidad, continuidad, contradicción e inmediatez.

 

Código de Procedimientos Penales.

 

18. Garantizar una defensa pública de calidad con igualdad de recursos para quienes no pueden sufragar los gastos de un defensor.

 

Ley de Amparo.

 

19. Establecer los juicios orales.

 

Ley Federal de Defensoria Pública.

 

20. Reconocer constitucionalmente el principio de presunción de inocencia.

 

 

 

21. Indemizar por errores judiciales, mediante un fondo establecido por la ley.

 

 

 

22. Establecer mecanismos alternativos de resolución de conflictos.

 

 

 

23. Encontrar mecanismos de traslación adecuados de los principios constitucionales a las legislaciones estatales, mediante leyes modelos, ley general o cualquier otro instrumento eficaz para garantizar el debido proceso.

 

 

Transformar el sistema penitenciario.

24. Revisar el concepto de readaptación social.

Reforma al artículo 18 constitucional.

Reformas a la ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

25. Derogar la actual Ley de Normas Mínimas.

 

Creación de una ley federal de ejecución de sanciones penales.

 

26. Eliminar las facultades discrecionales de la autoridad administrativa para otorgar los beneficios preliberacionales.

 

 

 

27. Establecer la figura de los jueces de ejecución de sentencias.

 

 

Prevención del delito y seguridad pública.

28. Introducir las bases para desarrollar una política integral de prevención social del delito, como obligación del Estado.

Artículos 21, 22, 73, 115, 116 y 122.

Ley general que establece las bases de coordinación del sistema nacional de seguridad pública.

 

29. Crear mecanismos ciudadanos para la evaluación de la actuación de los cuerpos policiacos con base en el control, rendición de cuentas y la transparencia.

 

Código Civil federal.

 

30. Definir a la Seguridad Pública en su función de garantía.

 

Ley Federal para la administración y enajenación de bienes del sector público.

 

31. Todo individuo tendrá derecho a la seguridad pública; por lo tanto, el Estado deberá salvaguardar la integridad y derechos de las personas, así como preservar las libertades y el orden público.

 

 

 

32. Otorgar al Sistema Nacional de Seguridad Pública las bases de coordinación entre la federación, el Distrito Federal, los estados y los municipios para establecer y organizar a las instituciones de seguridad pública en materia federal, de modo que pueda cumplir con sus fines de una forma eficiente.

 

 

 

33. Generar un Sistema Nacional de Seguridad Pública que respete el pacto federal y las atribuciones municipales en materia de seguridad pública a través de:

1. Establecimiento de directrices por el Congreso, para regular la profesionalización de los cuerpos de seguridad pública considerando la selección, ingreso, promoción, permanencia y certificación.

2. La obligación de los estados para emitir una Ley de Seguridad Pública que respete las directrices aprobadas por el Congreso.

3. La certificación a la que deberán someterse todos los policias estatales y municipales.

4. El cumplimiento de los requisitos de la Ley de Seguridad Pública por parte de los municipios para nombrar el mando de la policía municipal, debiendo lograr la certificación.

 

 

 

34. Reorientar la actuación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.

 

 

 

35. Instaurar la evaluación de las políticas, resultados y costos de la seguridad pública por parte del Poder Legislativo.

 

 

Justicia especializada.

36. Incorporar en la Constitución la extinción de dominio y otros mecanismos que permitan desmantelar la estructura financiera del crimen organizado, por la vía jurisdiccional no penal.

Artículo 22

Creación de la Ley Reglamentaria del artículo 22 de la Constitución. Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

 

37. Establecer jueces especializados en materia de delincuencia organizada.

 

Ley Federal contra la Delincuencia Organizada. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal.

 

38. Desarrollar mecanismos para sancionar el lavado de dinero que deberán fortalecer los medios de investigación y el régimen de responsabilidad penal de las personas morales.

 

Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público.

Reforma constitucional en materia de derechos humanos.

39. Incorporar a la Constitución un capítulo de derechos humanos.

Artículos 1, 3, 13, 14, 15, 17, 19, 20, 29, 33, 89, 102, apartado B, 103, 105, 109, 113, y 133

Ley de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

 

40. Reforma integral y plena jurisdicción a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos.

 

Ley de General de Población.

 

41. Incorporar la imprescriptibilidad en los delitos de genocidio, crímenes de guerra y lesa humanidad.

 

Ley Sobre la Celebración de Tratados.

Reforma constitucional en materia de derechos humanos.

42. Garantizar el derecho de los extranjeros a audiencia y debido proceso en caso de expulsión.

 

Ley Federal para Prevenir y Eliminar la Discriminación.

 

43. Adicionar, como principio de política exterior, el respeto, promoción y defensa de los derechos humanos.

 

Ley Federal para Prevenir y Sancionar la Tortura.

 

44. Establecer en la Constitución la violación a los derechos humanos por parte de servidores públicos federales, estatales y municipales, como conducta sancionable cuando se afecten de manera grave los mismos, revisando el título de responsabilidades.

 

Ley para la Protección de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

45. Dotar de jerarquía constitucional a los tratados internacionales en materia de derechos humanos, ratificados por el Estado.

 

Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.

 

46. Incorporar a la Constitución el derecho de las mujeres a una vida libre de violencia.

 

Código Penal federal. Crear la ley federal en contra de la desaparición forzada.

Consejo General de la Judicatura.

47. Separar las funciones jurisdiccionales de las administrativas y disciplinarias en el Poder Judicial.

Artículos 94 y 97

Ley Orgánica del Poder Judicial.

 

48. Revisar las facultades de designación de jueces y magistrados.

 

 

 

49. Que el presidente de la Suprema Corte no lo sea del Consejo de la Judicatura.

 

 

 

50. Garantizar autonomía financiera a los poderes judiciales de los estados, mediante el establecimiento de un fondo.